El rol fiscalizador de la SMA en las plantas de desalación

Inspecciones en terreno, tanto terrestres como submarinas, revisión del seguimiento ambiental reportado, examen de información y actividades de medición, muestreo y análisis, son parte de las actividades de fiscalización que realiza la Superintendencia de Medio Ambiente a los proyectos de desalación.

Imagen: Fiscalización submarina ejecutada por la Autoridad Marítima a la Planta Desaladora de Minera Escondida Ltda. ubicada en Coloso, Región de Antofagasta.

Reporte Sostenible, 7 de abril, 2020

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) tiene dentro de sus funciones y atribuciones el deber de realizar el seguimiento y fiscalización de diversos instrumentos de carácter ambiental (ICA), los cuales, pueden regular el funcionamiento de actividades industriales, como las plantas desaladoras y, de esta forma, constituir unidades fiscalizables para efectos del quehacer de este organismo. 

 

Dentro de los ICA aplicables a esta actividad, se encuentran las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) y las Normas de Emisión (NE). En lo que respecta a las RCA, si bien no existe en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) una tipología específica que obligue la evaluación de plantas desaladoras, estas pueden ingresar al SEIA por contar con actividades secundarias que sí cumplan con alguna de las tipologías o bien de forma voluntaria; quedando así reguladas por medio de una o más RCA. Por otra parte, sobre las NE, la operación de las plantas desaladoras genera una corriente de rechazo de un efluente de alta salinidad, el cual es normalmente descargado vía emisario al medio marino, siendo aplicable el Decreto Supremo N°90/2001 del MINSEGPRES, “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales” (DS N°90). En este contexto, cada establecimiento emisor debe contar con un Programa de Monitoreo, en el cual quedan establecidos los compromisos a los cuales debe dar cumplimiento para el control de sus descargas, autorización que es emitida actualmente por la SMA vía resolución.

Patricio Walker Huyghe, jefe Sección de Recursos Hídricos y Territorio de la Superintendencia del Medio Ambiente

Al respecto, Patricio Walker, jefe Sección de Recursos Hídricos y Territorio de la Superintendencia del Medio Ambiente, explica que, según los catastros de la SMA, las plantas desaladoras se encuentran ubicadas principalmente en las regiones de la zona norte del país, destacando las regiones de Antofagasta y Atacama, que suman en conjunto cerca del 80% del total. “Dentro de ellas es posible distinguir ciertos proyectos de desalación propiamente tal, y otros proyectos de distinta índole que contemplan como parte de sus obras plantas de desalación. Es por ello que, además de proyectos de saneamiento ambiental, existe un número importante que se asocian al rubro de minería y a energía”.

Agrega que la fiscalización del cumplimiento de las RCA y del DS N°90 es competencia de la SMA, quien puede ejecutarla directamente o a través de los organismos del Estado que conforman la Red Nacional de Fiscalización Ambiental (RENFA), dentro de los cuales se encuentra la Autoridad Marítima. Para la ejecución de actividades de muestreo, medición o análisis, la SMA también puede apoyarse en las Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFAS).

Ubicación por región los proyectos de desalación, o que incorporan infraestructura para la desalación.

Si bien las plantas desaladoras generan una multiplicidad de impactos ambientales propios de los proyectos de infraestructura, resulta de especial relevancia controlar los efectos que pueden generarse en el medio marino, ya sea por la aducción de agua, o bien por la descarga de un efluente hipersalino que se origina en el rechazo del proceso de separación. Generalmente, durante el proceso de evaluación de su impacto ambiental se establecen medidas que apuntan a mitigar los efectos descritos (y a otros más), y se define un Plan de Seguimiento Ambiental que busca monitorear el estado del medio marino, y consecuentemente, la efectividad de las medidas de mitigación implementadas. Lo anterior, sumado al control de la calidad de las descargas en la fuente emisora, representa los elementos críticos que son de interés para la fiscalización ambiental, cuyo objetivo es la protección del componente marino. 

Sector económico al cual pertenecen los proyectos de desalación, o que incorporan infraestructura para la desalación.

Dentro de las actividades de fiscalización, explica el jefe de la unidad, “se contemplan inspecciones en terreno, tanto terrestres como submarinas, revisión del seguimiento ambiental reportado, examen de información y actividades de medición, muestreo y análisis, todo lo cual es integrado y queda consignado en un Informe de Fiscalización que puede ser consultado en la página web de la SMA. Al respecto, cabe señalar que la SMA ha abierto más de 300 expedientes de fiscalización a la fecha, cuyas principales materias de investigación han sido dirigidas al sistema de aducción, manejo de residuos líquidos (emisarios), manejo de residuos sólidos y condiciones del medio marino (columna de agua, sedimentos y comunidades bentónicas)”. 

Fiscalización de la Planta Desaladora Norte (La Chimba), Región de Antofagasta.

“Como parte de los resultados se han identificado ciertas desviaciones en la construcción y operación de los emisarios y aducciones (ubicación, caudales autorizados, especificaciones técnicas, entre otros) y en el Plan de Seguimiento Ambiental (ejecución incompleta o diferente a lo autorizado), así como la materialización de ciertas partes y obras sin contar con las correspondientes autorizaciones”.

Cabe señalar que en caso de detectarse desviaciones respecto de la normativa, denominadas “hallazgos”, la SMA tiene la facultad de iniciar un procedimiento sancionatorio, dentro del cual se contempla la posibilidad de presentar un Programa de Cumplimiento, cuyo objetivo es que se retorne a un estado de respeto de la normativa ambiental, haciéndose cargo de los efectos que pudieran haberse generado. 

En Chile se proyecta un aumento de la capacidad de desalación, por lo que se espera que se continúen sumando nuevos proyectos, que tendrán la responsabilidad y el deber de cumplir con sus obligaciones ambientales.