Por Betty Martínez Cárdenas, abogada, doctora en Derecho y profesora investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae
OPINIÓN
“Cuando una empresa identifica riesgos, implementa protocolos, registra decisiones, supervisa procesos y hace todo lo posible para mitigar el riego de que se produzca un daño, no solo está cumpliendo con los estándares ESG. Está demostrando que actuó con diligencia”.
Matrices de riesgo, due diligence, gobernanza, compliance, indicadores ESG, todo un nuevo vocabulario que acompaña el día a día de las empresas comprometidas con la sostenibilidad en la actualidad. Expresiones todas que sugieren que estamos en un universo creado por un lenguaje completamente nuevo. Sin embargo, hay algo sorprendente en muchas de ellas: detrás de todas subyace una idea bastante familiar.
“¿Qué hacen los modelos contemporáneos de gobernanza y sostenibilidad?”
Durante siglos, el derecho civil ha exigido diligencia. No solo una actitud subjetiva, sino un modelo de comportamiento objetivo en el sentido de que no depende de una percepción de haber pensado que se actuaba correctamente, sino en la verificación de si un comportamiento se ajustó al estándar de comportamiento que el ordenamiento considera exigible.
¿Qué hacen los modelos contemporáneos de gobernanza y sostenibilidad? Exigen que se identifiquen los riesgos, se establezcan protocolos, se implementen controles, se monitoreen procesos y se corrijan desviaciones antes de que ocurra un daño. En otras palabras, hacen que la diligencia organizacional sea verificable.
“Cuando una empresa identifica riesgos, implementa protocolos, registra
decisiones, supervisa procesos y hace todo lo posible para mitigar el riego”
La sostenibilidad no ha creado un nuevo paradigma jurídico. Ha vuelto visible una dimensión de la diligencia que el derecho civil siempre conoció, pero que durante mucho tiempo quedó eclipsada por una comprensión predominantemente reparadora de la responsabilidad civil.
La diligencia no se agota en el juicio retrospectivo del juez. Hoy también debe expresarse como una práctica organizacional verificable antes de que el daño ocurra. c
Por ello, tal vez el mayor aporte de la sostenibilidad es el de recordarnos que toda organización verdaderamente sostenible comienza con la diligencia.
Colaboración de:
Betty Martínez Cárdenas
Abogada, Doctora en Derecho y profesora investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad Finis Terrae
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